Decisiones del dia 25/05/2011
N° Expediente :
AP31-M-2011-000141
N° Sentencia :
Fecha: 25/05/2011
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: GRUPO HARDWELL TECHNOLOGIES, C.A. VS ASESORÍA Y DISEÑO ADITEL, C.A.
Resumen:
Conforme a lo expuesto, resulta evidente que habiendo transcurrido el lapso previsto en el indicado ordinal 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte actora impulsar el procedimiento dentro del lapso de treinta (30) días siguientes a la admisión de la demanda, debe declara este Tribunal que se consumó de pleno derecho la perención y, en consecuencia, se extinguió la instancia en el presente proceso. Así se declara.
Se ordena la devolución a la parte demandante de los documentos originales consignados en la diligencia señalada ut supra, y la certificación por Secretaría de las copias simples que de éstos cursan en el expediente; una vez dicha parte lo solicite ante este Despacho.
Por cuanto el apoderado actor manifestó consignar los emolumentos para que el Alguacil practicara la citación de la demandada, se insta a dicho abogado a que solicite la devolución de los mismos ante la Oficina de Alguacilazgo, previa diligencia en la cual deje constancia de ha.....
Juez/Ponente:
Zobeida Romero
Organo:
Juzgado Primero de Municipio
N° Expediente :
7855
N° Sentencia :
Fecha: 25/05/2011
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A., VS DESARROLLO HABITACIONAL LA RAIZA TUY COUNTRY CLUB C.A., Y OTROS
Resumen:
III
DISPOSITIVO
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 15 de noviembre del año 2000, por la abogada Mariluz Santa García, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra el auto dictado por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas, siendo hoy, (Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario), en fecha 13 de noviembre del año 2000. En consecuencia, se CONFIRMA el auto apelado en toda y cada una de sus partes.
Se condena en costas al recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese Copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.
Remítase en su oportunidad legal al Trib.....
Juez/Ponente:
Marisol Alvarado Rondon
Organo:
Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil y del Transito