Con fundamento a las consideraciones que anteceden, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, este Juzgado declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, interpuso el ciudadano FRANCISCO JOSÉ GUZMÁN GUERRA contra la ciudadana WENDY CAROLINA VILLALOBOS VERDE, antes identificados. En consecuencia, se condena a la demandada a lo siguiente:
PRIMERO: A pagar a la parte actora la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,00), por concepto de capital recibido mediante contrato de préstamo autenticado el 14 de junio de 2010, ante la Notaría Pública Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital.
SEGUNDO: A pagar a la parte actora la cantidad de dinero que resulte por concepto de intereses convencionales y moratorios causados desde el 15 de diciembre de 2010 (fecha en que venció el lapso de prórroga de sesenta (60) días) hasta el 8 de diciembre de 2011 (fecha en que fue presentada la deman.....