DECISIÓN
Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoara la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA MIKAEL C.A. contra el ciudadano AHMAD HASSAN CHAABAN, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se NIEGA la Medida de Secuestro sobre el bien inmueble constituido por un local comercial identificado con el Nº 13, el cual se encuentra ubicado entre la plaza Catia o Mariscal Sucre y la Calle Magallanes, en la Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.