D I S P O S I T I V A
Por los razones antes expuestas, este Juzgado Undécimo de Ejecución del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 3 y 6 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, CONCEDE LA REDENCION de la pena por el Trabajo y el Estudio por un tiempo de Nueve (09) Meses y Un (01) Día de pena al penado RUEDA VERGARA JAIME CAMILO, titular de la cédula de identidad Nº C.I. 13.624.211.
Notifíquese a las partes, a los fines de que sean notificados de la decisión.-
LA JUEZ
DRA. BELEN GAMBOA CURIEL
LA SECRETARIA
ABG. ANGIE CARFI URIBE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA
ABG. ANGIE CARFI URIBE
Exp. Nº 1453-05
BGC/da.....