Se dicto sentencia definitiva mediante la cual se declaro de oficio CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente proceso por EXTINCIÒN DE HIPOTECA, interpuesto por los ciudadanos ELIZABETH ALFONZO DE RODRÍGUEZ, EVELYN RODRÍGUEZ ALFONZO, MARIANELLA RODRÍGUEZ ALFONZO y ADRIANA RODRÍGUEZ ALFONZO contra la ciudadana CLARA R. FUENTES y posteriormente contra sus sucesores, identificados ut supra.
No hay condenatoria en costas, de conformidad a lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada, a los veinticinco (25) días del mes de julio de dos mil trece (2013), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Al 203º año de la Independencia y 154º año de la Federación.