VIII
DECISION
En razón de las anteriores consideraciones este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
Primero: Con Lugar la demanda de Cumplimiento de Contrato por Vencimiento de la Prorroga Legal, por la Empresa Mercantil ¨GM25, C.A.¨, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 6 de octubre de 2004, anotada bajo el N° 80, Tomo 161-A Sgdo, contra la Sociedad Mercantil Taller Cartagena, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda en fecha 16 de junio de 1997, anotado bajo el N° 3, Tomo 24 A-Qto.
Segundo: En consecuencia, se condena a la parte demandada a realizar la entrega material, real y efectiva a la parte actora del inmueble que se identifica a.....