En razón de los precedentes considerandos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL CUADRAGÉSIMO (40º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoasen los ciudadanos MAGALY COROMOTO DIAZ, JOSE LUIS BRITO, ROMELIA ACOSTA, GREGORIA ROJAS, MARYORI SANCHEZ, NESTOR MARTINEZ, YOSELID ACEVEDO, ENIS VILLARROEL y UBENCIA RIVERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-10.261.225, V- 20.022.201, V- 22.025.339, V- 6.224.877, V- 12.598.610, V- 13.864.002, V- 17.646.846, V- 9.916.088 y V- 9.954.267.respectivamente, en contra de la demandada la sociedad mercantil FULLER MANTENIMIENTO, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judi.....