PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Jimmy Centeno, Defensor Público 13° de Adolescentes, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de julio de 2011, por el Juzgado de Primera Instancia en función de Control N° 2, de esta misma Sección, mediante la cual se le imputo al Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), el Delito de Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal. Por no existir violación constitucional ni legal alguna. SEGUNDO: Se ratifica la decisión dictada en fecha 28 de julio de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal.