Por todo cuanto antecede, este Tribunal Colegiado de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite a tramite el Recurso de Apelación interpuesto en fecha cinco (05) de noviembre de 2015, por la ciudadana GUADALUPE SILVA, en su carácter de Defensora Publica Auxiliar Séptima (7ª) de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, contra de la decisión emanada en fecha veintinueve (29) de octubre del presente año, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en función de Control de esta misma Sección y Circuito Judicial Penal, en la cual acordó Prisión Preventiva como medida cautelar del articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: Se admite a trámite el escrito de contestación interpuesto por el ciudad.....