Este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO, interpuesta por la ciudadana SARA ERNESTINA SOLIS SOLIS contra de los ciudadanos JENNY JOSEFINA GONZÁLEZ JIMÉNEZ, JAIME ALBERTO GONZÁLEZ JIMÉNEZ, LORENZO GAMAL GONZÁLEZ Y GRECIA SHERESADE DE GONZÁLEZ y los herederos desconocidos del de cujus JAIME LORENZO GONZÁLEZ PÉREZ, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE DECLARA, reconocida jurisdiccionalmente la unión de hecho estable o de concubinato entre los ciudadanos SARA ERNESTINA SOLIS SOLIS, y el de cujus JAIME LORENZO GONZÁLEZ PÉREZ, desde el 28 de agosto de 1967 hasta el 16 de mayo de 2008, fecha esta que falleció el concubino, tal y como se evidencia del Acta de Defunción analizada.
TERCERO.....