En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los cónyuges Ciudadanos DAVID ALBERTO GRAJALES MORENO y LISBETH LIBERTAD GARCÍA FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 17.400.845 y 16.590.832, respectivamente, decretado el 14 de enero de 2013, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 20 de mayo de 2011, ante el Registro Civil del Municipio Salias del Estado Miranda, según consta en Acta N°. 108, correspondiente al año 2011.-
Se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los Artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano.
Regístrese, Publíquese y Déjese copia.