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Decisiones del dia 26/03/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Vigesimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2011-000559 N° Sentencia : Fecha: 26/03/2012
Procedimiento:
Separacion De Cuerpos
Partes:
CIUDADANOS GILBERT AUGUSTO QUEMBRA PLAZAS Y OMAIRA CASTRO LOTURCO
Resumen:
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: GILBERT AUGUSTO QUEMBRA PLAZAS y OMAIRA CASTRO LOTURCO, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.564.186 y V-11.741.927, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Las Minas del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 14 de junio de 2001, según consta de acta de matrimonio Nº 12, del libro de matrimonios correspondientes al año 2001.- Por cuanto los cónyuges manifestaron que no adquirieron bienes durante su unión conyugal, no hay nada que liquidar.- Expídanse copias certificad.....
Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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N° Expediente : AP31-M-2011-000449 N° Sentencia : Fecha: 26/03/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A. CONTRA LA SOCIEDAD MERCANTIL JVRO SERVICIOS C.A. Y EL CIUDADANO RICHARD DAYVIS OLIMPO ROJAS
Resumen:
En consecuencia, es por los motivos antes explanados, se evidencia que se ha producido un quebrantamiento u omisión esencial para la validez del acto, ya que se ordenó un emplazamiento que no le corresponde a la presente demanda, por lo que esta juzgadora señala que la nulidad y la consecuente reposición debe prosperar. Y ASI SE DECLARA. En consecuencia, este JUZGADO VIGÉSIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, procurando la estabilidad del juicio, ordena lo siguiente: Primero: Declara la nulidad de las actuaciones realizadas en el presente expediente de conformidad con lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y repone la causa al estado de nueva admisión de la demanda, la cual se proveerá por auto separado. Y ASI SE DECLARA.
Juez/Ponente:
Ana Alejandra Morales
Organo:
Juzgado Vigesimo de Municipio
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