IV
DISPOSITIVA
Con fuerza en los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada la Sociedad Mercantil BELHOGAR DISEÑOS, C.A., en su carácter de deudora principal y los ciudadanos MARIA AUXILIADORA MANOTAS de HERAS y MIGUEL HERAS PERERA, en su condición de fiadores solidarios y principales pagadores, ya identificados en el cuerpo del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por FONDO DE PROTECCIÒN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS, como liquidador del BANCO REAL, BANCO DE DESARROLLO, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil BELHOGAR DISEÑOS, C.A., en su carácter de deudora.....