Por las razones antes expuestas, este Tribunal VIGESIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, existente entre los ciudadanos JOHAN ALEXANDER LEAL YEPEZ y DESIREE DEL CARMEN CONCEPCION JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de la cédula de identidad número V-15.700.717 y 14.743.249, respectivamente; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos, en fecha 19 de Julio 2013, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Candelaria del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio número 206, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2013.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes.....