Analizadas las pruebas presentadas por la solicitante esta Juzgadora considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Nº 37 de fecha 23 de marzo de 2001, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente a los ciudadanos JOSÉ RODRÍGUEZ FERREIRA e INGRID JOSEFINA MOLINA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-6.164.212.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE MATRIMONIO Nº 37 de fecha 23 de marzo de 2001, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital, correspondiente .....