En razón de lo expuesto este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: INADMISIBLE EL Recurso de Casación anunciado por el abogado VICENTE DELGADO PAIOLA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por este juzgado, en fecha 08-08-2011, cuya aclaratoria fue dictada el 12-08-2011.
Publíquese, regístrese, diarícese, déjese copia, expídase copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Noveno Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Palacio de Justicia. En Caracas, a los Veintiséis (26) días del mes de Octubre de 2011. Años: 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ,
CE.....