DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero:LA PERENCIÓN ANUAL DE LA INSTANCIA, y como consecuencia de ello, EXTINGUIDO EL PROCESO en el juicio que por Intimación de Honorarios Profesionales, incoara el ciudadano RAFAEL ALBERTO LATORRE CACERES, en contra la ciudadana DULBASIA DHANPATTIE, ambos plenamente identificados en el encabezamiento del presente fallo.