En fuerza de los razonamientos que anteceden, este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO del estado de SEPARACIÓN LEGAL DE CUERPOS de los cónyuges ciudadanos ERNESTO EDMUNDO PEREZ MOTA y MARIA ALEJANDRA TORRES CARDENAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.890.312 y V-13.864.588, respectivamente, decretada en fecha ocho (8) de febrero del año dos mil doce (2012). En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha once (11) de octubre del año dos mil siete (2007), ante la PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO JOSE LAURENCIO SILVA, TUCACAS, ESTADO FALCON, según consta de acta de matrimonio Nº 74, año 2007, por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506 del Código Civil Venezolano.
Regístrese, p.....