Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). HOMOLOGADA las transacciones celebradas por las partes en la presente causa, en los términos precedentemente señalados, ya que cumplen con los requisitos exigidos para su validez y eficacia, dándole efectos de cosa juzgada.
2°). Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy-exclusive-
Dada, firmada y sellada en la sede del Juzgado Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en la misma ciudad, a los Veintisiete (27) días del mes de Abril de dos mil Once (2011). Publíques.....