Se dictó auto mediante el cual, este Juzgado ordenó la suspensión de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 05 de Noviembre de 1997, y participada al Registrador Subalterno del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, con oficio Nº 1297, la cual pesa sobre el bien inmueble propiedad de los ciudadanos Alvaro Tomas Aranguibel, Carmen Elvira Morales de Aranguibel, Silvio Llano De La Hoz Y Magally Josefina Briceño De Llanos, parte demandada. En virtud de ello, se acordó oficiar al registro correspondiente a los fines de que estampe la nota marginal respectiva y acuse recibo a este Tribunal.