declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana RAQUEL DOPICO FERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-10.186.895 contra su cónyuge LUÍS RODRÍGUEZ MÓNDELO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V.-6.856.955.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes 13 de marzo de 1997, por ante la Primera autoridad civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Federal, (hoy Distrito Capital), según se evidencia en el Acta Nº 74. Año 1997, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia c.....