Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 07 de mayo de 2012, por el abogado HAMILTON RODRÍGUEZ PHILIPPS, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra el auto dictado por el Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 23 de abril de 2012, con motivo del juicio que por beneficio de jubilación incoara el ciudadano OMAR JOSÉ OSUNA MARÍN en contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV). SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte recurrente conforme lo previsto en el.....