En virtud a los razonamientos anteriormente efectuados, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda incoada por ORLANDO RODRIGUEZ DIAZ contra VARIEDADES SHALOM 77 C.A, en consecuencia se condena a la parte demandada al desalojo del local comercial distinguido con el Nº B 14, ubicado en la Planta Baja del Centro Comercial Plaza Candelaria, situado en el local A del Edificio Residencias La Candelaria, entre las Esquinas de Cruz a Candilito, Calle Norte 13, Parroquia La Candelaria, Municipio Libertador del Distrito Capital, el cual deberá entregar a la parte actora.