este Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en aras de mantener incólume el Debido Proceso, y garantizar el Derecho a la Defensa y la Tutela Judicial Efectiva, de conformidad con los artículos 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, resuelve lo siguiente:
PRIMERO. A los fines de tramitar la procedencia de la imposición de las sanciones que alude la Apoderada Judicial de la parte actora, contempladas en los artículos 240, 241, 242 y 248, todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se ordena la apertura de un cuaderno separado, en donde de manera independiente y autónoma, se inicie el procedimiento sancionatorio respectivo, a tenor de lo establecido en el artículo 177, Parágrafo tercero, literal "d" ejusde.....