Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por PARTICIÓN incoara el ciudadano VIRGILIO H. LEMOINE MANZANEDA, contra los ciudadanos MARCO AURELIO LEMOINE MANZANEDA, LEONARDA MARIA LEOMINE MANZANEDA, CARLOS JULIO LEMOINE MANZANEDA Y LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LOS DE CUJUS JULIO LEMOINE, CONSUELO MANZANEDA DE LEMOINE y JULIO OCTAVO LEMOINE MANZANEDA, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: Se DECRETA Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el 100% de los derechos proindivisos de los siguientes bienes: Un inmueble constituido por un lote de terreno de 632,86 M2 y la casa quinta sobre el construida denominada "ELSA", ubicada en la avenida Maracay, Urbanización Las Palmas, Manzana "D" Parcela Nº 128, en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital;.....