"... a ejecutarse en el hogar de su tía materna la ciudadana YUSEILA RICARDO RATIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-8.428.200, y por cuanto se evidencia que han transcurrido mas de Seis (6) meses, desde que fue dictada la medida en cuestión; en consecuencia este Juez Unipersonal VI, haciendo uso de las amplias facultades legales que le confiere la Ley, se acuerda ratifica la Colocación Familiar Provisional, a favor de la Niña "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", a ejecutarse en el hogar de su tía materna la ciudadana YUSEILA RICARDO RATIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V.-8.428.200, todo de conformidad con el Articulo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescente. Asimismo, se ordena oficiar al Equipo Multidisciplinario, a fin de que proceda a realizar los informes de seguimiento en el hogar de .....