Se dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva, mediante el cual declaró: INADMISIBLE la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (procedimiento por intimación) intentó la ciudadana MARLA YUNY RIVAS GASCON., contra la sociedad mercantil CONSORCIO ARVIN 1951, C.A.
Dado, Firmado y Sellado, en la Sala de este Despacho del Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de abril del año dos mil nueve (2009). Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.