por lo que este Tribunal considera valida la notificación de su representado, el ciudadano Maximiliano Pérez Monagas. Así se decide.
De igual forma, y de la lectura de los folios 626 al 630, se observa que efectivamente el ciudadano Max Del Rey Pérez, otorgó poder amplio a su hermano el ciudadano Manuel Del Rey Pérez, confiriéndole ciertas atribuciones, pero por otro lado, no se observó que le haya conferido la cualidad para darse por citado o notificado en este juicio. En consecuencia, considera este Tribunal, que el ciudadano Manuel Del Rey Pérez, no puede darse por notificado por su representado el ciudadano Max Del Rey Pérez, no siendo válida la notificación realizada. Así se decide.