este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara las presentes actuaciones ÚNICOS Y HEREDEROS UNIVERSALES DEL DIFUNTO JOSE ANTONIO ALTUVE VARELA, quien era venezolano, mayor de edad, de estado civil Casado y titular de la Cédula de Identidad Nº 2.285.053, a favor de los ciudadanos CARMEN INES CARDENAS MONTOYA, JOSE GREGORIO ALTUVE CARDENAS, NEIDA MARIOSY ALTUVE CARDENAS, ROXANA LISBETH ALTUVE CARDENAS, MARITZA DE JESUS ALTUVE CARDENAS Y YULMARA DEL CARMEN ALTUVE CARDENAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.812.241, V-6.285.732, V-10.501.546, V-11.941.388, V-13.563.902 y V-17.907.977, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.