Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente por falta de jurisdicción, para conocer de la solicitud de RENDICIÓN DE CUENTAS, presentada por la Sociedad Mercantil BBO CASA DE BOLSA, C.A., a través del ciudadano MIGUEL SALAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.200.877, en su carácter de Coordinador de Liquidación de la referida sociedad mercantil, debidamente asistido por el ciudadano LUIS ALIRIO GÓMEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 26.900.
En virtud de la especial naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
De conformidad con lo establecido en la parte in fine del artículo 59 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 62 eiusdem, se .....