En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALEMTE CON LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 9 de enero de 2015 y ratificada el 15 de ese mismo mes y año, por el abogado HENRY FRANCO, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte demandada sociedad mercantil MULTISERVICIOS SALVA 32, C.A., contra la decisión dictada en fecha 17 de diciembre de 2014, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda modificada con la motivación aquí expuesta.