Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano WILLIAMS ADALBERTO SUAREZ CABALLERO, ya identificado, asistido por los abogados, RUBEN SAEZ y MARLY PINTO, también identificados, contra los actos administrativo de remoción y retiro contenidos en los Oficios Nros. DA. 5827.12.01, de fecha 06 de diciembre de 2001, y DA. 042.01.02 de fecha 11 de enero de 2002, suscritos por el ciudadano Alcalde del Municipio Chacao del Estado Miranda, en consecuencia:
PRIMERO: se declara la nulidad de los actos de remoción y retiro antes señalados, y se ordena a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, la reincorporación del querellante, al cargo de ASISTENTE DE INGENIERO II, o a otro de igual o superior jerarquía.
SEGUNDO: se ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir desde el retiro hasta la efect.....