Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos MIGUEL ORLANDO HERNANDEZ SERRANO y ALEIDA ROMERO DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de Identidad Nº V-4.589.645 y V-6.523.508, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió, contraído el veintisiete (27) de octubre del año 1977, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Distrito Metropolitano de Caracas.
Notifíquese mediante oficio a las autoridades competentes.
Liquídese comunidad conyugal.
Publíquese y regístrese.