En consecuencia, este Juzgado Trigésimo Noveno (39) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada entre la parte demandante JESUS RAFAEL ROJAS PEÑA representada judicialmente por la ciudadana NILDA ESTHER ESCALONA DE DAVID, inscrita en el inpreabogado bajo el número 64.444, y por la demandada THE NEW RESTAURANT OF PASTES C.A, comparece su apoderada judicial MARIA V. VALDIVIESO DE GAMEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el número 20.083, con facultad expresa para celebrar transacciones de acuerdo al documento poder que cursa en autos al folio cuarenta (40) del expediente; en tal sentido, este Tribunal dar por terminado el presente juicio y ordena la remisión al Archivo Judicial del presente expediente Déjese copia del presente auto. Finalmente, se le hace entrega a.....