DISPOSITIVA
Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el Ciudadano SIMÓN VIVAS en contra del Ciudadano FRANCHINO BIGOTTI CIRCELLI, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la parte presuntamente agraviada de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales
TERCERO: El presente fallo se dicta dentro de su lapso legal.
Publíquese, Regístrese, y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.....