DISPOSITIVA
En base a las anteriores consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación en contra de la decisión de fecha 24 de marzo de 2014, dictada por el Juzgado Décimo Sexto (16º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró inadmisible por inmotivación la recusación incoada por la defensa privada, en la causa que se le sigue al ciudadano LEOPOLDO EDUARDO LOPEZ MENDOZA, por la presunta comisión de los delitos de DETERMINADOR EN EL DELITO DE INCENDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 343 del Código Penal; INSTIGACIÓN PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 285 ejusdem; DAÑOS, previsto y sancionado en los artículos 473 y 474 conca.....