Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación, interpuesto por el Abogado YORGARD MONASTERIOS, Inpreabogado No 113.475, actuando en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra fallo dictado por el Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, en fecha 11 de agosto de dos mil quince (2015). SEGUNDO: Se Revoca el fallo apelado. TERCERO: Se ordena al Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, que libre los oficios a las instituciones requeridas por la representación judicial de la parte actora mediante escrito de fecha 07/08/2015. CUARTO: No habiend.....