- III -
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto (24º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LUIGI DI GIANNANTONIO DE VINCENTIS y KARLA NATHALIE FERNANDEZ TAFFIN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros V-6.820.700 y V-14.428.089, respectivamente.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges en fecha 26 de noviembre del año 2013, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, quedando asentada bajo el acta número 622, tomo 03, folio 122, correspondiente al año 2013.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de partic.....