Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN) incoara la sociedad mercantil BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO, DE LA CLASE OBRERA, MUJER Y COMUNAS, BANCO UNIVERSAL, C.A., (hoy BANCO DIGITAL DE LOS TRABAJADORES, BANCO UNIVERSAL, C.A.), contra la sociedad mercantil ALIMENTOS SANTA FE, C.A., y los ciudadanos FAVIOLA COROMOTO PEÑA TORRES y SARKIS YOUSSEF BOUTROS, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: Se DECRETA Medida de EMBARGO PROVISIONAL sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TRECE MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 13.612.368,60), siendo su equivalente en dólares americanos a la fecha de presentación de la demanda la cantidad de TRESCIENT.....