Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 05 de mayo de 2010, por el abogado FELIX ESPINOZA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de abril de 2010. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoare el ciudadano JESÚS LONGART MARCANO, contra PVD MARINA FILIAL DE PETROLEOS DE VENEZUELA, S.A. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. CUARTO: No hay condenatoria en costas.