DECISION
En fuerza de lo antes expuesto, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por JUAN RAVENTOS VIÑALS y CARMEN SALVA DE RAVENTOS, contra GONZALO FERNANDO MILLAN SUAREZ, anteriormente identificados. En consecuencia, se condena al demandado a Desalojar el siguiente inmueble: "Oficina distinguida con el N° 226, ubicado en el piso 2, del Edificio Mercantil El Comercio, situado en la Urbanización el Paraíso, sector Quinta Crespo, entre las Calles Sur 2 Bis y Sur 4, parcela N° 3, Parroquia Santa Teresa, Municipio Libertador del Distrito Capital", totalmente desocupado y al pago de la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,o), mensuales, actualmente CIENTO VEINTE BOLIVARES FUERTES (Bf. 120,oo), por concepto de los cánones de arrendamiento demanda.....