n consecuencia, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el citado artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Las trabajadoras y los Trabajadores, acuerda impartirle la HOMOLOGACIÓN a dicha transacción en los términos expuestos, en consecuencia, tiene el carácter de cosa juzgada, declarándose terminado el presente procedimiento. Así se decide.
Finalmente, con relación a la solicitud de copia certificada del acuerdo transaccional y del presente auto, este Juzgado la acuerda y ordena su expedición por secretaría una vez que una de las partes consigne los fotostatos correspondientes. Así se decide.