PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por la parte demandante, en contra del auto dictado en fecha 11 de octubre de 2024, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la recusación interpuesta en contra de la Juez Anabel González González.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto apelado dictado en fecha 11 de octubre de 2024, por el Tribunal Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró INADMISIBLE la recusación interpuesta en contra de la Juez Anabel González González, juez a cargo del mismo, en el juicio que por EXCLUSIÓN DE SOCIO, sigue la sociedad mercantil FARMACIA BELLADONA, C.A., en contra de la ciudadana MIREN SORNE EGUIDAZU BOLLEGUI, y en consecuencia, se le ordena a la juez recusada, que proceda a tramitar la incidencia de recusació.....