DISPOSITIVA
Con base a todos los razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados oralmente en este acto, el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la ciudadana NEIDA LUISA VILLALTA, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cedula de identidad numero V- 11.590.625; contra Providencia Administrativa Nro. 471-10, dictada en fecha 28 de Julio de 2010, por la Inspectoría del Trabajo Jefe en el Norte del Municipio Libertador del Distrito Capital, en el expediente signado con el Nro. 023-09-01-03748, que declaró Sin Lugar la solicitud de desmejora incoado por la mencionada ciudadana identificada en autos. SEGUNDO: No se condena en costas en razón del principio constitucional de igual.....