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Decisiones del dia 30/05/2012

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2011-006085 N° Sentencia : Fecha: 30/05/2012
Procedimiento:
Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes:
NORELSA SILVA Y JOANNE DOREI RODRIGUEZ CONTRA BANCO FEDERAL
Resumen:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DECIMO TERCERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR: SIN LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales interpuesta por la ciudadana NORELSA JOSEFINA SILVA y JOANNE DOREI RODRIGUEZ, contra el BANCO FEDERAL, y el FONDO DE PROTECCION SOCIAL DE LOS DEPOSITOS BANCARIOS (antes FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECION BANCARIA "FOGADE.- SEGUNDO, no hay condenatoria en costas.- TERCERO: Se e ordena notificar al ciudadano Procurador General de la República de La presente decisión.-
Juez/Ponente:
Glenn Morales
Organo:
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : AP21-L-2011-005495 N° Sentencia : Fecha: 30/05/2012
Procedimiento:
Calificación De Despido
Partes:
DALYS AMPARAN MORENO CONTRA C.A CERVECERIA REGIONAL.,
Resumen:
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que incoada por la ciudadana DALYS AMPARAN MORENO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-12.672.271, en contra de la empresa C.A, CERVECERIA REGIONAL, plenamente identificadas en autos, en consecuencia, se ordena a la demandada a reenganchar al trabajador al puesto de trabajo que venía desempeñando para el momento del írrito despido y el pago de salarios dejados de percibir desde el momento de la notificación de la demandada, hasta el momento en que se haga efectivo el reenganche, calculado con el salario mensual devengado por la demandante, es decir, Bs.5.300,00. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada.-
Juez/Ponente:
Glenn Morales
Organo:
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo
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