PRIMERO: CONDENA a los ciudadanos ENZO JESÚS MEDINA HERRERA de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº V-18.555.057, residenciado en la Urbanización 27 de Febrero, Bloque 55, piso 01, apto. 01-06, Guarenas, Estado Miranda; y GUILLERMO ALFONSO CABARCAS, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la cédula de identidad Nº V-17.443.907 y residenciado en la Avenida Intercomunal, Guarenas-Guatire, Residencias Las Islas, La Villa Panamericana, Edificio Alcatraz, piso 01, apto. 06, Estado Miranda, a cumplir la pena de cinco (05) años, dos (02) meses y veinte (20) días de presidio, por la comisión de los delitos de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO y ROBO AGRAVADO FRUSTRADO tipificados en los artículos 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo y 458 del Código Penal, en relación con los artículos 80 y 82 Ejusdem, así como los.....