-II-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación, interpuesto por la Defensora Pública Segunda Penal del Área Metropolitana de Caracas, Abg. Aurora Micaela Ojeda Hernández, en su carácter de Defensora del imputado de autos JAVIER ENRIQUE LÓPEZ CONA, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de agosto de 2010, por el Juzgado Trigésimo Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, durante el acto de la audiencia preliminar, donde entre otras cosas acordó mantener la medida privativa judicial preventiva de libertad al ciudadano antes referido, por cuanto no han variado las circunstancias que conllevaron a dicho despacho a decretar la misma en la audiencia para oír al imputado, .....