Visto escrito y diligencia de fecha: seis (06) de agosto de dos mil trece (2013) y veinticinco (25) de septiembre de dos mil trece (2013), presentado por los ciudadanos: por la parte Actora JUAN DE LOS SANTOS PEREZ, cédula de identidad NºV-22.017.292, su apoderado judicial, abogado MARCIAL VARGAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°50.053, acreditación que consta en autos; y por la parte Demandada LITTLE ROCK CAFE, C.A., su apoderado judicial, abogado GUSTAVO ADOLFO HANDAM LÓPEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°78.275, acreditación que consta en autos; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Ejecución, le imparte la HOMOLOGACION al acuerdo presentado por las partes en tanto que se da cumplimiento a parte de lo condenado, de acuerdo a decisión que consta en autos, la cual quedó definitivamente firme, toda vez que ninguna de las partes.....