Asimismo, se evidencia que la parte Oferida ciudadana JESSICA CAROLINA VALDIVIESO VILLEGAS, cédula de identidad NºV-17.253.389, debidamente asistida de abogada, acepta dicho ofrecimiento por la cantidad de BOLÍVARES CIENTO VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CON VEINTI CUATRO CÉNTIMOS (Bs.128.226,24), por todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el documento transaccional, es decir, garantía de prestaciones sociales, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones fraccionadas 2014/2015, bono vacacional fraccionado 2014/2015, utilidades fraccionadas, 17 días de salario, vacaciones vencidas, bono vacacional vencido y beneficio de alimentación; donde ambas partes manifiestan su voluntad de ofrecer y aceptar las cantidades que se indican en dicha transacción. Asimismo, corresponde a este Tribunal verificar los términos del mencionado acuerdo de las partes, el cumplimiento de los requisitos previstos en el 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Traba.....