DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los Artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos MARIA ISABEL DUPOUY MEDINA y JUAN LUIS TERLIZZI TELLERIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. V 10.331.928 y V-9.305.218, respectivamente.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 13 de febrero del año 2019, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Arismendi, Parroquia Arismendi del Estado Nueva Esparta, según consta en acta de matrimonio Nº 002, ins.....